+Artículo 18 7

Artículo 18 7

7.   Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1 a 6, a efectos del ejercicio de las funciones que le atribuye el presente Reglamento, el BCE podrá imponer sanciones en caso de incumplimiento de sus reglamentos o decisiones, de conformidad con el Reglamento (CE) no 2532/98.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito