+Artículo 1 4

Artículo 1 4

4.   De conformidad con el artículo 58, apartado 3, del Reglamento (UE) 2023/1114, el presente Reglamento se aplicará, mutatis mutandis, a las fichas de dinero electrónico denominadas en una moneda que no sea una moneda oficial de un Estado miembro.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito