+Artículo 12 8.

Artículo 12 8.

La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de regulación para establecer una lista exhaustiva de la información mencionada en el artículo 13, apartado 4, que los adquirentes propuestos deberán incluir en su notificación, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del presente artículo.

La AEVM presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de enero de 2014.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en lo referente a las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito