Artículo 32 3.
La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución para determinar el formato y el calendario de las comunicaciones y la publicación contempladas en el apartado 2. La AEVM presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 3 de enero de 2016. Se confieren a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1095/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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