+Artículo 32 4.

Artículo 32 4.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 89 para enumerar las situaciones que representan un perjuicio grave para los intereses de los inversores y para el funcionamiento ordenado del mercado a que se hace referencia en los apartados 1 y 2 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito