+Artículo 57 9.

Artículo 57 9.

La limitación de posiciones y los controles de la gestión de las posiciones serán transparentes y no discriminatorios; se especificará cómo se aplicarán a las personas y se tendrá en cuenta la naturaleza y la composición de los participantes en el mercado y el uso que estos hagan de los contratos sometidos a negociación.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito