+Artículo 5 1.

Artículo 5 1.

La Autoridad será un organismo de la Unión con personalidad jurídica.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito