+Artículo 39 4.

Artículo 39 4.

Se informará a los destinatarios de las decisiones de la Autoridad de las vías de recurso a su disposición previstas en el presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito