+Artículo 60 5.
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Artículo 60 5.
La Sala de Recurso podrá confirmar la decisión adoptada por el departamento competente de la Autoridad o remitir el asunto a dicho departamento. Este quedará vinculado por la resolución de la Sala de Recurso y adoptará una decisión modificada relativa al asunto de que se trate.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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