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Artículo 63 1.
Cada año, el Director Ejecutivo elaborará un proyecto de documento único de programación provisional de la Autoridad para los tres ejercicios siguientes que establezca la previsión de ingresos y gastos, así como información sobre el personal, a partir de su programación anual y plurianual, y lo transmitirá al Consejo de Administración y a la Junta de Supervisores, junto con la plantilla de personal.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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