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+Artículo 63 3. |
Artículo 63 3.El Consejo de Administración transmitirá el documento único de programación a la Comisión, al Parlamento Europeo, al Consejo y al Tribunal de Cuentas Europeo a más tardar el 31 de enero.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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