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+Artículo 64 11. |
Artículo 64 11.La Autoridad emitirá un dictamen motivado sobre la posición del Parlamento Europeo y sobre cualesquiera otras observaciones formuladas por el Parlamento Europeo en el procedimiento de aprobación de la gestión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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