+Artículo 86 10.

Artículo 86 10.

Las autoridades competentes velarán por que las entidades ajusten sus estrategias, políticas internas y límites en relación con el riesgo de liquidez y elaboren planes de emergencia efectivos, atendiendo a los resultados de los escenarios alternativos a que se refiere el apartado 8.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito