+Artículo 141ter 7.
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Artículo 141ter 7.
Las restricciones impuestas por el presente artículo se aplicarán únicamente a los pagos que den lugar a una reducción del capital de nivel 1 o a una reducción de los beneficios, y siempre que la suspensión del pago o la falta de este no constituyan un evento de impago o una circunstancia que conduzca a la puesta en marcha del oportuno procedimiento en virtud del régimen de insolvencia aplicable a la entidad.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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