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+Artículo 16 Obligaciones de las autoridades competentes |
Artículo 16 Obligaciones de las autoridades competentesArtículo 16 Obligaciones de las autoridades competentes Las autoridades competentes comprobarán que los internalizadores sistemáticos cumplen las condiciones de ejecución de órdenes establecidas en el artículo 15, apartado 1, y las condiciones de mejora de precios establecidas en el artículo 15, apartado 2. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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