+Artículo 27sexies 2.
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Artículo 27sexies 2.
La AEVM, sin retrasos injustificados y cuando proceda, notificará a la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que esté establecido el proveedor de servicios de suministro de datos toda decisión de revocación de la autorización de un proveedor de servicios de suministro de datos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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