+Artículo 27sexies 2.

Artículo 27sexies 2.

La AEVM, sin retrasos injustificados y cuando proceda, notificará a la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que esté establecido el proveedor de servicios de suministro de datos toda decisión de revocación de la autorización de un proveedor de servicios de suministro de datos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito