+Artículo 27decies 4.

Artículo 27decies 4.

Los SIA establecerán sistemas que permitan controlar de manera efectiva la exhaustividad de los informes de operaciones, detectar omisiones y errores manifiestos causados por la empresa de servicios de inversión y, en caso de que se produzca uno de estos errores u omisiones, comunicar los datos del error u omisión a la empresa de servicios de inversión y solicitar que vuelvan a transmitirse los informes erróneos.

Los SIA establecerán sistemas que les permitan detectar errores u omisiones causadas por el propio SIA, y corregir y transmitir o volver a transmitir, en su caso, a la autoridad competente informes de operaciones correctos y exhaustivos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito