+Artículo 30 6.
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Artículo 30 6.
Las autoridades competentes velarán por que los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta cumplan en todo momento las obligaciones previstas en estos estándares en lo que respecta a la interfaz o las interfaces que pongan en marcha. En caso de que un proveedor de servicios de pago gestor de cuenta no cumpla con los requisitos fijados para las interfaces en los presentes estándares, las autoridades competentes velarán por que la prestación de servicios de iniciación de pagos y servicios de información sobre cuentas no se impida o distorsione en la medida en que los proveedores respectivos de esos servicios cumplan las condiciones establecidas en el artículo 33, apartado 5.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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