+Artículo 15 6.

Artículo 15 6.

A más tardar el 9 de abril de 2027, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre los obstáculos que persistan para la disponibilidad y utilización de las transferencias inmediatas. Dicho informe evaluará el nivel de normalización de las tecnologías pertinentes para el uso de transferencias inmediatas. El informe podrá ir acompañado, en su caso, de una propuesta legislativa.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito