+Artículo 8 1.

Artículo 8 1.

Los Estados miembros exigirán que la publicidad relativa a los contratos de crédito incluya una advertencia clara y destacada para poner en conocimiento de los consumidores que los préstamos cuestan dinero, utilizando la fórmula «Atención: tomar dinero prestado cuesta dinero» u otra equivalente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito