+Artículo 3 12.
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Artículo 3 12.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 85, los Estados miembros podrán limitar la responsabilidad de la autoridad de resolución, la autoridad competente y su personal respectivo de conformidad con la legislación nacional en lo que se refiere a sus acciones u omisiones en el desempeño de las funciones que les asigna la presente Directiva.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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