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+Artículo 4 3. |
Artículo 4 3.Los Estados miembros se asegurarán de que, cuando se apliquen requisitos simplificados, las autoridades competentes y, cuando proceda, las autoridades de resolución, puedan imponer en cualquier momento, requisitos plenos y no simplificados.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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