+Artículo 4 11.

Artículo 4 11.

La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución a fin de especificar formatos, plantillas y definiciones uniformes que deban utilizar las autoridades competentes y las autoridades de resolución para determinar y enviar a la ABE la información correspondiente a los fines del apartado 7, respetando el principio de proporcionalidad.

La ABE presentará a la Comisión los proyectos de normas técnicas de regulación antes del 3 de julio de 2015.

Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1093/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito