+Artículo 8 2.

Artículo 8 2.

El supervisor en base consolidada y las autoridades competentes respecto de las filiales procurarán alcanzar una decisión conjunta sobre:

a) 

el examen y la evaluación del plan de ►C3  recuperación ◄ de grupo;

b) 

la necesidad de que se elabore un plan de ►C3  recuperación ◄ individualizado para las entidades que formen parte del grupo, y

c) 

la aplicación de las medidas mencionadas en el artículo 6, apartados 5 y 6.

Las partes procurarán alcanzar una decisión conjunta en un plazo de cuatro meses a partir de la fecha de transmisión por parte del supervisor en base consolidada del plan de ►C3  recuperación ◄ del grupo de conformidad con el artículo 7, apartado 3.

La ABE podrá, a instancias de una autoridad competente, ayudar a las autoridades competentes a alcanzar una decisión conjunta, de conformidad con el artículo 31, letra c), del Reglamento (UE) no 1093/2010.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito