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+Artículo 10 3. |
Artículo 10 3.El plan de resolución deberá tener en cuenta los escenarios pertinentes, entre ellos, que el fenómeno de inviabilidad sea de carácter idiosincrático o que se produzca en un momento de inestabilidad financiera general o a causa de factores que afectan a todo el sistema. El plan de resolución no presupondrá ninguno de los siguientes elementos:
a)
ayuda financiera pública extraordinaria al margen de los mecanismos de financiación establecidos con arreglo al artículo 100;
b)
ayudas en forma de provisión urgente de liquidez del banco central, o
c)
ayudas en forma de provisión de liquidez del banco central atendiendo a criterios no convencionales en cuanto a garantías, vencimiento y tipos de interés. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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