+Artículo 20 4.

Artículo 20 4.

El supervisor en base consolidada podrá, de conformidad con el procedimiento establecido en los apartados 5 y 6 del presente artículo, prohibir la celebración del acuerdo propuesto si lo considera incompatible con las condiciones de prestación de ayuda financiera establecidas en el artículo 23.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito