+Artículo 23 3.

Artículo 23 3.

El 3 de enero de 2016, la ABE emitirá, de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) no 1093/2010, directrices destinadas a promover la convergencia de las prácticas, en las que especifique las condiciones indicadas en el apartado 1, letras b), d), f), g) y h) del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito