+Artículo 23 3.
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Artículo 23 3.
El 3 de enero de 2016, la ABE emitirá, de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) no 1093/2010, directrices destinadas a promover la convergencia de las prácticas, en las que especifique las condiciones indicadas en el apartado 1, letras b), d), f), g) y h) del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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