+Artículo 36 15.

Artículo 36 15.

La ABE podrá elaborar proyectos de normas técnicas de regulación a fin de especificar, a efectos de lo dispuesto en los apartados 1, 3 y 9 del presente artículo, así como a efectos del artículo 74, los criterios que se presentan a continuación:

a) 

la metodología para evaluar el valor de los activos y pasivos de la entidad o sociedad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d);

b) 

la separación de las valoraciones con arreglo a los artículos 36 y 74;

c) 

la metodología para calcular e incluir en la valoración provisional un colchón para las pérdidas adicionales.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito