+Artículo 50 4.

Artículo 50 4.

La ABE a más tardar el 3 de enero de 2016, elaborará directrices, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (UE) no 1093/2010, sobre la fijación de coeficientes de conversión.

Las directrices indicarán, en particular, cómo puede darse compensación a los acreedores afectados aplicando el coeficiente de conversión, así como los coeficientes de conversión relativos que mejor reflejen la prioridad de los pasivos de rango superior con arreglo a la normativa de insolvencia.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito