+Artículo 58 3.

Artículo 58 3.

►C3  Los Estados miembros velarán por que las entidades o sociedades contempladas en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), sujetas al instrumento de titularidad pública temporal conforme al presente artículo ◄ se gestionen de forma comercial y profesional y se transmita al sector privado en cuanto lo permitan las circunstancias comerciales y financieras.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito