+Artículo 27 2.

Artículo 27 2.

La Autoridad proporcionará su evaluación sobre la necesidad de establecer un sistema de mecanismos de financiación coherentes, sólidos y fiables, con instrumentos de financiación adecuados y vinculados a una serie de mecanismos de gestión de crisis coordinados.

▼B

La Autoridad contribuirá a la labor sobre las cuestiones relativas a las condiciones de competencia equitativas y los efectos acumulativos de cualquier sistema de exacciones y contribuciones sobre las entidades financieras que pueda instaurarse para garantizar un reparto justo de cargas, así como de los incentivos destinados a contener los riesgos sistémicos dentro de un marco de resolución coherente y fiable.

▼M8 —————

▼B

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito