+Artículo 35 2.
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Artículo 35 2.
Asimismo, la Autoridad podrá solicitar que se le transmita información a intervalos regulares y en formatos específicos o mediante plantillas comparables aprobadas por la Autoridad. Dichas solicitudes se efectuarán, siempre que sea posible, utilizando formatos comunes de información.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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