+Artículo 48 terdecies 2.

Artículo 48 terdecies 2.

La información sobre materias reguladas y la información financiera a que se refiere el artículo 48 duodecies se comunicarán como mínimo dos veces al año en el caso de las sucursales de terceros países de clase 1 y como mínimo una vez al año en el caso de las sucursales de terceros países de clase 2.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito