Artículo 51 5.
La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de aplicación para determinar el funcionamiento operativo de los colegios de supervisores. Se confieren a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución contempladas en el párrafo primero, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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