|
+Artículo 91 6. |
Artículo 91 6.Las autoridades competentes podrán autorizar a los miembros del órgano de dirección a ocupar un puesto directivo no ejecutivo adicional.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|