Artículo 100 5.
La ABE, en colaboración con la AEVM, elaborará directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 a fin de especificar una metodología coherente para integrar el riesgo de concentración derivado de las exposiciones a entidades de contrapartida central en las pruebas de resistencia con fines de supervisión. La ABE difundirá las directrices a que se refiere el párrafo primero del presente apartado a más tardar el 25 de junio de 2026.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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