+Artículo 136 6.
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Artículo 136 6.
Si una autoridad designada reduce el porcentaje del colchón anticíclico vigente, con independencia de que pase o no a ser nulo, determinará asimismo un período indicativo durante el cual no se prevé aumento alguno del colchón. No obstante, ese período indicativo no vinculará a la autoridad designada.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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