Artículo 10 6.
La información que aparezca en el formulario de Información Normalizada Europea sobre el Crédito al Consumo será congruente. Será claramente legible y tendrá en cuenta las limitaciones técnicas del medio utilizado para presentarla. La información se mostrará de manera adecuada y válida en los diferentes canales teniendo en cuenta la necesidad de interoperabilidad. Cualquier información adicional que el prestamista pueda comunicar al consumidor será claramente legible y se proporcionará en un documento aparte que podrá adjuntarse al formulario de Información Normalizada Europea sobre el Crédito al Consumo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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