+Artículo 6 5.

Artículo 6 5.

Cuando la autoridad competente concluya que hay deficiencias materiales en el plan de ►C3  recuperación ◄ , o impedimentos materiales para su aplicación, notificará su evaluación a la entidad o a la empresa matriz del grupo y exigirá a la entidad que presente, en el plazo de dos meses, ampliable en un mes previa aprobación de las autoridades, un plan revisado que demuestre cómo se subsanan estas deficiencias o impedimentos.

Antes de pedir a una entidad que vuelva a presentar un plan de ►C3  recuperación ◄ , la autoridad competente dará a dicha entidad la oportunidad de expresar su opinión sobre esa petición.

Si la autoridad competente considera que las deficiencias e impedimentos no se han subsanado adecuadamente en el plan revisado, podrá dar instrucciones a la entidad para que introduzca modificaciones específicas en el plan.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito