+Artículo 16bis 5.

Artículo 16bis 5.

La suma que deberá multiplicarse de conformidad con el apartado 4 consistirá en:

a) 

los beneficios intermedios no incluidos en el capital de nivel 1 ordinario en virtud del artículo 26, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 netos de cualquier reparto de beneficios o pago que resulte de las medidas a que se refiere el apartado 1, letras a), b) o c), del presente artículo;

más

b) 

los beneficios al cierre del ejercicio no incluidos en el capital de nivel 1 ordinario en virtud del artículo 26, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 netos de cualquier reparto de beneficios o pago que resulte de las medidas a que se refiere el apartado 1, letras a), b) o c), del presente artículo;

menos

c) 

los importes que habrían de pagarse en concepto de impuestos de conservarse los elementos especificados en las letras a) y b) del presente apartado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito