+Artículo 3 8.

Artículo 3 8.

Cuando así se solicite, el Presidente mantendrá conversaciones orales confidenciales, a puerta cerrada, con el presidente, los vicepresidentes y los coordinadores de la comisión competente del Parlamento Europeo. Todos los participantes respetarán los requisitos de secreto profesional.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito