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+Artículo 53 3. |
Artículo 53 3.El Director Ejecutivo tomará las medidas necesarias, en particular la adopción de instrucciones administrativas internas y la publicación de anuncios, para garantizar el funcionamiento de la Autoridad, de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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