+Artículo 20bis 2.

Artículo 20bis 2.

La Comisión elaborará y mantendrá actualizada la lista de las funciones exactas que puedan ser consideradas funciones públicas importantes al nivel de las instituciones y órganos de la Unión. Dicha lista recogerá también cualquier función que pueda encomendarse a representantes de terceros países y organismos internacionales acreditados a nivel de la Unión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito