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+Artículo 39 5. |
Artículo 39 5.Cuando la Autoridad haya adoptado una decisión de conformidad con el artículo 18, apartados 3 o 4, revisará dicha decisión a intervalos adecuados.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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