+Artículo 11 8.

Artículo 11 8.

El presente artículo no será aplicable a los proveedores de bienes o los prestadores de servicios que actúen como intermediarios de crédito a título subsidiario. Esto se entiende sin perjuicio de la obligación del prestamista, o en su caso, del intermediario de crédito de garantizar que el consumidor recibe la información precontractual mencionada en el presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito