+Artículo 78 5.

Artículo 78 5.

►M11  Las autoridades competentes velarán por que sus decisiones sobre la adecuación de las medidas correctoras a que se refiere el apartado 4 se atengan al principio de que dichas medidas han de preservar los objetivos de los métodos a que se refiere el presente artículo y, por consiguiente: ◄

a) 

no lleven a la normalización o a métodos preferidos;

b) 

no creen incentivos erróneos; o

c) 

no den lugar a comportamiento gregario.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito