+Artículo 106 2.

Artículo 106 2.

Los Estados miembros facultarán a las autoridades competentes para exigir que las empresas matrices publiquen con periodicidad anual, ya sea íntegramente o mediante referencias a información equivalente, una descripción de su estructura jurídica y gobierno y de la estructura organizativa del grupo de entidades de conformidad con el artículo 14, apartado 3, el artículo 74, apartado 1, y el artículo 109, apartado 2.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito