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+Artículo 18 3 |
Artículo 18 33. Las sanciones aplicadas deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias. Para determinar si procede imponer una sanción y cuál debe ser la misma, el BCE actuará en consonancia con lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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