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+Artículo 6 2 |
Artículo 6 22. Quedan prohibidas todas las exigencias u obligaciones relativas a la obtención de una licencia o autorización específica por país para realizar actividades transfronterizas, o disposiciones con efecto equivalente, de los acuerdos de licencia o de las normas aplicadas por los regímenes de tarjetas de pago, con respecto a la emisión de tarjetas de pago o a la adquisición de operaciones de pago con tarjeta. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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