+Artículo 17 k)
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Artículo 17 k)
en función del efecto del artículo 3, apartado 1, sobre el valor real de las tasas de intercambio para las operaciones con tarjeta de débito de valor medio y alto, la eventual necesidad de revisar dicho apartado para que el límite quede establecido en el menor de los siguientes importes: 0,07 EUR o el 0,2 % del valor de la operación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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